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La Comisión Fiscalizadora determinará
anualmente los días y horas de sus reuniones que
deberán ser una vez por mes por lo menos. Podrá
efectuar arqueos o verificaciones en todo momento y requerir
la asistencia de los asesores legales y contables de la
institución. Producirá además un informe
especial anual al cierre del ejercicio.
El ejercicio económico-financiero será anual
y cerrará el 30 de junio de cada año.
Dentro de los sesenta días siguientes a cada cuatrimestre
deberá presentarse un estado contable intermedio.
Al cierre del ejercicio y dentro de igual plazo, se considerará
el Balance General y Estado de Resultados, certificados
por la Auditoría Externa y el Informe de la Comisión
Fiscalizadora, junto con una Memoria.
El Balance General, Estado de Resultados, certificación
contable, Informe de la Comisión Fiscalizadora y
Memoria del Ejercicio serán publicados en el Boletín
del Consejo.

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