Los títulos profesionales
registrados en el Consejo son habilitantes para el Ejercicio Profesional. La
normativa vigente delega en el Consejo Profesional de
Ingeniería Civil el control del Ejercicio Profesional de las
actividades de los profesionales de la Ingeniería Civil y títulos
afines, actúa en el territorio del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y Jurisdicción Nacional. La legislación establece
la obligatoriedad de la matriculación para ejercer las actividades profesionales,
de la Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería, Art. 11 del Decreto-Ley 6070/58. Para
ello es preciso estar inscripto y con su derecho anual vigente. |