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Misión :

El Consejo Profesional de Ingeniería Civil es una institución pública de jurisdicción nacional, creada por ley, con responsabilidad social.

Su misión es promover y velar por el ejercicio profesional responsable, con un marco ético, en beneficio del interés público; administrando la matriculación obligatoria de graduados universitarios y técnicos, ejerciendo atribuciones públicas destinadas al mejoramiento del ejercicio profesional y propendiendo a una mayor protección de la sociedad en el ámbito de sus competencias.

Visión :

En el marco de la Misión Institucional, el Consejo Profesional de Ingeniería Civil se propone afianzar su posición como referente clave y reconocido socialmente en lo que se refiere a temas de su competencia profesional.

Para ello atenderá prioritariamente:

Reforzar los vínculos con instituciones de la ingeniería a nivel nacional e internacional.

Incidir institucionalmente en los ámbitos académicos, los político-institucionales y la sociedad en general para que la opinión de la ingeniería sea tenida en cuenta en la toma de decisiones estratégicas.

Mejorar la comunicación, promover la participación y ampliar los servicios a los matriculados.

Asimismo, las siguientes políticas y acciones institucionales completarán la Visión institucional con un horizonte estratégico de mediano plazo:

Trascender los límites nacionales, favoreciendo la movilidad profesional, el intercambio tecnológico, la exportación de servicios, la búsqueda de consensos sobre el ejercicio profesional y potenciar acuerdos proactivos.

Promover la planificación, el desarrollo y el mantenimiento global de la Infraestructura.

Combatir la corrupción y fomentar prácticas de transparencias en los ámbitos en que actúan los matriculados y en los espacios de participación institucional.

Participar en el diseño de políticas públicas.

Promover la revisión y mejora de la legislación, normativa y reglamentos técnicos vigentes e impulsar nuevos cuando sea necesario.

Superar la transitoriedad de la jurisdicción local en el ámbito de la Ciudad de Bs. As y consolidar la actuación del consejo profesional (cláusula transitoria 18 const. CABA) en las jurisdicciones prescriptas por la ley.

Favorecer la comunicación e interacción con los establecimientos educacionales se considera de vital importancia para el apoyo, la generación de beneficios y las oportunidades de desarrollo e investigación en las áreas de su competencia.

Defender y propiciar la sostenibilidad ambiental.

Otorgar la máxima importancia a la seguridad, salud y bienestar del público y a las condiciones laborales de los trabajadores.

Promover la vocación profesional por la ingeniería civil y las tecnicaturas afines.

Jerarquizar la profesión procurando la dignificación laboral de los matriculados y promover una regulación de honorarios adecuada a su actividad.

NOTA 1:

El CPIC lleva a cabo sus acciones a través de personal seleccionado y altamente capacitado que asegura un funcionamiento eficiente. Es política institucional propender al desarrollo personal de sus colaboradores, mantener un apropiado clima laboral, generar espacios de capacitación y atender los requerimientos que coadyuven a concretar tales condiciones.

NOTA 2:

Es recomendable y así se decide realizar una revisión periódica de la Visión que orienta y define a ésta organización a los fines de mantener su espíritu y la vigencia de sus objetivos.

27-9-11

 

IERICAcerBragUniversidad Austral



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