Una vez encomendada la Tarea Profesional, existen 4 casos posibles para la verificación
:
CASO 1: El profesional evalúa el estado constructivo del edificio,
realiza el informe técnico y si se encuentra en buenas condiciones libra
el certificado de conservación. Finaliza el trámite.
CASO
2: El profesional detecta patologías constructivas en el edificio :
Realiza
entonces el informe técnico y evalúa si la calificación del
inmueble es sin riesgo aparente o si dada la gravedad del caso lo califica con
riesgo aparente. En ambos casos el profesional estima el plazo de obra para que
el edificio salga rápidamente del estado de riesgo.
CASO 3: El profesional
ya entregó en DGFOC el informe técnico (caso 2) pasó el tiempo
necesario y se realizaron las tareas de mejoras indicadas dentro de los plazos.
Presenta el certificado de conservación y se termina el trámite.
En caso de no cumplirse los plazos y/o las mejoras indicadas en el informe técnico
se prosigue como el caso 2.
CASO 4: El profesional indica que el edificio
se encuentra en obra mediante un expediente abierto con Permiso de Obra. Presenta
un declaración jurada y la fotocopia de la carátula del Plano Registrado.
La DGFOC evaluará si la obra resuelve los alcances de la ley 257.
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cuadro de casos completo aquí
